Chimbote Al Día

Alvarez Pretende silenciarnos

Por.Yolanda Angelica Quito Camones


 
Luego de emitir sentencia condenatoria contra el director del diario Integración, la Juez Rossana Luna León, pretende privar del derecho a la legítima defensa en la Sala de Apelaciones y a como dé lugar dejar consentida esta sentencia imponiendo razones ilógicas para ello.
Como se recuerda el Director de Integración fue denunciado por el Presidente Regional, por el supuesto delito Contra el Honor en la modalidad de Difamación Agravada, proceso que como de costumbre fue a parar al primer juzgado unipersonal especializado en lo penal, cuya juez Rossana Luna León, no solo incurrió en una serie de actos irregulares, sino lo más grave del hecho es que facilitó la vulneración del derecho de defensa y el debido proceso del periodista Alcides Peñaranda Oropeza; así se tiene que en base sólo a diversas insinuaciones publicadas en la revista “Integración”, recogidas del semanario Hildebrandt en sus trece, la Juez Luna León no dio una explicación clara y jurídica con el que habría actuado el director de este medio escrito.

Como ya lo hemos dicho conforme consta del audio respectivo podemos advertir que el Abogado del periodista aludido Dr. Gilmer Asis Ortiz, en la diligencia de Lectura de Sentencia interpuso recurso de apelación, sustentando la misma en dicho acto, en estricta aplicación de lo dispuesto por el Art. 405 Inc. 1, parágrafo b), del Código Procesal Penal, que establece textualmente: “Para la admisión del recurso de apelación se requiere que sea interpuesto por escrito y en el plazo previsto por ley. También puede ser interpuesto en forma oral, cuando se trata de resoluciones expedidas en el curso de la audiencia, en cuyo caso el recurso se interpondrá en el mismo acto en que se lee la resolución que lo motiva”; 

En cumplimiento de este articulo se hizo la Apelación de manera verbal, sin embargo la Juez Rossana Luna León mediante Resolución Nº 11 declara Inadmisible el recurso de apelación contra la sentencia condenatoria vulnerando el Nuevo Código Procesal Penal. De igual manera dentro del término señalado por la Juez en la Audiencia de Lectura de Sentencia se adjuntó las Cédulas de Notificación y la Tasa correspondiente, pese a ello la Juez deniega la apelación en claro deseo de dejar consentida la sentencia presumiblemente para favorecer al denunciante César Alvarez Aguilar.

MAS ATROPELLOS AL CÓDIGO PENAL
Como si esto fuera poco el abogado Gilmer Asís, al interponer un recurso de Apelación a la absurda Resolución Nº 11, ha dado lugar a otra Resolución Nº 12 en la que vuelve a transgredir nuestro Código Penal y es que en esta resolución hace mención que la Resolución 11 era inapelable, nada mas falso, por cuanto de acuerdo al Art. 416 del Código Penal señala que son susceptibles de apelación los autos que entre otros pongan fin al procedimiento o a la instancia, lo cual fue así, de manera que nuevamente festinando y prevaricando las normas pretende dejar consentida la sentencia.

Ante estos hechos la Gerente del diario Escuela De Conductores Integral San Pedritoción Yolanda Quito Camones exigió al Presidente de la Corte Superior de Justicia Dr. Edhin Campos, a que revise las resoluciones absurdas emitidas por la Juez Rossana Luna León en aras de la transparencia y la justicia que se debe practicar en el Poder Judicial.



Juez Rossana Luna León

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